Legislación › Real Decreto 1354/1983, de 27 de abril, por el que se aprueba la Reglamentación técnico-sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de té y derivados.
Artículo 12. Autorizaciones.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 16 de junio de 1983 y la del 30 de marzo de 2013.
Tachado: lo que se quitó (28 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Artículo 12. Autorizaciones.
Tanto las prácticas como el empleo de productos no expresamente permitidos en esta Reglamentación, que no estén especialmente prohibidos por ellas, requerirán autorización de los Organismos oficiales competentes. (Derogado)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de marzo de 2013 En vigor | BOE-A-2013-3402 | Leer | Qué cambió |
| 16 de junio de 1983 | Texto original | Leer |


