Legislación › Real Decreto 1451/1983, de 11 de mayo, por el que en cumplimiento de lo previsto en la Ley 13/1982, de 7 de abril, se regula el empleo selectivo y las medidas de fomento del empleo de los trabajadores minusválidos.
Art. 4.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 5 de junio de 1983 y la del 27 de enero de 2000.
Tachado: lo que se quitó (35 palabras). Subrayado: lo que se añadió (47 palabras).
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Art. 4.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 38, 1 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, las Empresas empresas públicas y privadas que ocupen trabajadores fijos que excedan de 50, vendrán obligadas empleen a emplear un número de 50 o más trabajadores minusválidos no inferior vendrán obligadas a que de entre ellos, al menos, el 2 por l00 100 sean trabajadores minusválidos. No obstante lo anterior, las empresas responsables podrán excepcionalmente quedar exentas de la plantilla entre tal obligación en los que se encuentren inscritos como tales términos previstos en el correspondiente registro de trabajadores minusválidos de la Oficina referida Ley 13/1982, así como en lo dispuesto en su normativa de Empleo. desarrollo.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 27 de enero de 2000 En vigor | BOE-A-2000-1547 | Leer | Qué cambió |
| 5 de junio de 1983 | Texto original | Leer |


