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Legislación › Orden de 11 de mayo de 1983 por la que se regula el régimen y funcionamiento de los órganos de participación colegiados del Instituto Social de la Marina.

Artículo 24. De las presupuestos de los órganos de participación en el control y vigilancia de la gestión.

Artículo 24. De las presupuestos de los órganos de participación en el control y vigilancia de la gestión.

Los presupuestos del Instituto Social de la Marina dispondrán de una dotación para gastos de funcionamiento del Consejo General y demás órganos de participación en el control y vigilancia de la gestión, que garantice su autonomía.

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