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Legislación › Ley 1/1983, de 14 de abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Artículo 39.

Artículo 39.

Son nulos de pleno derecho los preceptos de las normas reglamentarias que infrinjan los de otras de rango superior o se opongan a lo establecido por las Leyes, o contravengan lo dispuesto en el artículo anterior.

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