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Legislación › Ley 1/1983, de 14 de abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Artículo 43.

Artículo 43.

Los anteproyectos de Ley presentados al Gobierno irán acompañados de una Exposición de motivos en la que se expresarán sucintamente los que hubieran dado origen a la elaboración y la finalidad perseguida por la norma. Figurarán como anexos, cuando proceda, la relación de disposiciones que van a quedar total o parcialmente derogadas y el correspondiente estudio jurídico y financiero.

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