Legislación › Ley 9/1983, de 13 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para 1983.
Artículo 25. Límite de circulación de moneda metálica.
Artículo 25. Límite de circulación de moneda metálica.
El importe máximo de la moneda metálica en circulación durante el ejercicio de 1983 se fija en 120.000 millones de pesetas.


