Legislación › Orden de 12 de julio de 1983 por la que se aprueban las normas generales de calidad para la nata y nata en polvo con destino al mercado interior.
4. Definición.
4. Definición.
Se entiende por nata en polvo el producto seco y pulverulento que se obtiene mediante la deshidratación de la nata pasterizada al estado líquido, antes o durante el proceso de fabricación.


