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Legislación › Ley 4/1983 de 27 de Junio, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales.

Artículo 6.

Artículo 6.

El Secretario General tendrá voz, pero no voto, en los órganos colegiados del Consejo y desempeñará las funciones que se especifican en el título siguiente de esta Ley.

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