Legislación › Ley 4/1983 de 27 de Junio, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales.
Artículo 6.
Artículo 6.
El Secretario General tendrá voz, pero no voto, en los órganos colegiados del Consejo y desempeñará las funciones que se especifican en el título siguiente de esta Ley.


