Legislación › Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Junta y su Presidente.
Artículo 18.
Artículo 18.
Si el Parlamento otorga su confianza al candidato, el Presidente lo comunicará al Rey para su nombramiento, mediante Real Decreto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de Galicia.


