Legislación › Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Junta y su Presidente.
Artículo 1.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 21 de marzo de 1983 y la del 29 de octubre de 1988.
Tachado: lo que se quitó (9 palabras). Subrayado: lo que se añadió (18 palabras).
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Artículo 1.
La Xunta es el órgano colegiado de gobierno que, bajo la dirección de Galicia. Dirige su Presidente, dirige la política general y la Administración de la comunidad autónoma y Comunidad Autónoma. A tal fin, ejerce la iniciativa legislativa, la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo conformidad con el Estatuto de Autonomía y las leyes. Leyes.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 29 de octubre de 1988 En vigor | BOE-A-1988-27172 | Leer | Qué cambió |
| 21 de marzo de 1983 | Texto original | Leer |


