LexTotal

Legislación › Ley 3/1983, de 15 de junio, de normalización lingüística.

Artículo 1.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 15 de julio de 1983 y la del 4 de julio de 1986. Tachado: lo que se quitó (0 palabras). Subrayado: lo que se añadió (15 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 1.
El gallego es la lengua propia de Galicia.
Todos los gallegos tienen el deber de conocerlo y el derecho de usarlo.
Declarado insconstitucional el inciso indicado por Sentencia del TC 84/1986, de 26 de junio. BOE-T-1986-17829.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
4 de julio de 1986 En vigor BOE-A-1986-17829 Leer Qué cambió
15 de julio de 1983 Texto original Leer

Índice Artículo 2 →