LexTotal

Legislación › Real Decreto 2507/1983, de 4 de agosto, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración y comercialización de masas fritas.

Art. 14.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 10 de octubre de 1983 y la del 30 de marzo de 2013. Tachado: lo que se quitó (37 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Art. 14.
Si se utilizan envolturas antes de su entrega al comprador final, deberán ser de materiales que estén debidamente autorizados para el fin a que se destinan por la Dirección General correspondiente del Ministerio de Sanidad y Consumo. (Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de marzo de 2013 En vigor BOE-A-2013-3402 Leer Qué cambió
10 de octubre de 1983 Texto original Leer

← Art 13 Índice Art 15 →