Legislación › Real Decreto 2507/1983, de 4 de agosto, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración y comercialización de masas fritas.
Art. 14.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 10 de octubre de 1983 y la del 30 de marzo de 2013.
Tachado: lo que se quitó (37 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Art. 14.
Si se utilizan envolturas antes de su entrega al comprador final, deberán ser de materiales que estén debidamente autorizados para el fin a que se destinan por la Dirección General correspondiente del Ministerio de Sanidad y Consumo. (Derogado)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de marzo de 2013 En vigor | BOE-A-2013-3402 | Leer | Qué cambió |
| 10 de octubre de 1983 | Texto original | Leer |


