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Legislación › Ley 1/1982, de 18 de octubre, de Gobierno y de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Artículo 19.

Artículo 19.

Competerá a los Consejeros la organización y dirección de las actividades de su Consejería, sin perjuicio de las competencias que en la materia tiene el Consejo de Gobierno.

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