Legislación › Ley 1/1982, de 18 de octubre, de Gobierno y de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Artículo 3.
Artículo 3.
1. El funcionamiento del Gobierno y de la Administración Autónomos se rige por lo dispuesto en esta Ley y por las normas y disposiciones que, en el ejercicio de sus respectivas potestades, emanan de la Asamblea y del Ejecutivo regional en el marco de la Constitución y del Estatuto.
2. El Derecho estatal tendrá carácter supletorio, conforme a lo previsto en el artículo 149.3 de la Constitución.


