Legislación › Ley 16/1983, de 24 de octubre, de creación del Organismo Autónomo Instituto de la Mujer.
Artículo sexto.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 18 de septiembre de 2014 y la del 1 de enero de 2021.
Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (31 palabras).
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Artículo sexto.
(Suprimido) La persona titular del Instituto de las Mujeres, que tendrá rango de Director General, será nombrada por el Consejo de Ministros a propuesta de la persona titular del Ministerio de Igualdad.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2021 En vigor | BOE-A-2020-17339 | Leer | Qué cambió |
| 18 de septiembre de 2014 | BOE-A-2014-9467 | Leer | Qué cambió |
| 15 de noviembre de 1983 | Texto original | Leer |


