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Legislación › Ley 16/1983, de 24 de octubre, de creación del Organismo Autónomo Instituto de la Mujer.

Artículo sexto.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 18 de septiembre de 2014 y la del 1 de enero de 2021. Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (31 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo sexto.
(Suprimido) La persona titular del Instituto de las Mujeres, que tendrá rango de Director General, será nombrada por el Consejo de Ministros a propuesta de la persona titular del Ministerio de Igualdad.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2021 En vigor BOE-A-2020-17339 Leer Qué cambió
18 de septiembre de 2014 BOE-A-2014-9467 Leer Qué cambió
15 de noviembre de 1983 Texto original Leer

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