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Legislación › Real Decreto 2945/1983, de 9 de noviembre, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército de Tierra.

Art. 116.

Art. 116.

Será misión del servicio de automovilismo de la base o acuartelamiento la organización y realización de los transportes necesarios para su funcionamiento y vida, el mantenimiento de sus vehículos y el suministro de carburantes, lubricantes y grasas.

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