Legislación › Real Decreto 2945/1983, de 9 de noviembre, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército de Tierra.
Art. 116.
Art. 116.
Será misión del servicio de automovilismo de la base o acuartelamiento la organización y realización de los transportes necesarios para su funcionamiento y vida, el mantenimiento de sus vehículos y el suministro de carburantes, lubricantes y grasas.


