Legislación › Real Decreto 2945/1983, de 9 de noviembre, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército de Tierra.
Art. 118.
Art. 118.
El servicio de material de acuartelamiento tendrá a su cargo el necesario para el alojamiento, alimentación, oficinas, recreo, y cuantos otros similares se precisen para facilitar la vida de las Unidades en la Base o Acuartelamiento. La Jefatura de Servicios dará las instrucciones necesarias para la administración y conservación del mismo.


