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Legislación › Real Decreto 2945/1983, de 9 de noviembre, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército de Tierra.

Art. 175.

Art. 175.

Pasará diariamente la Lista de Ordenanza, según lo indicado en este Tratado, y efectuará el control nocturno, conforme a lo previsto en el libro de Normas de Régimen Interior de su Base o Acuartelamiento. Dará parte de haberlo hecho al Oficial de Cuartel.

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