Legislación › Real Decreto 2945/1983, de 9 de noviembre, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército de Tierra.
Art. 175.
Art. 175.
Pasará diariamente la Lista de Ordenanza, según lo indicado en este Tratado, y efectuará el control nocturno, conforme a lo previsto en el libro de Normas de Régimen Interior de su Base o Acuartelamiento. Dará parte de haberlo hecho al Oficial de Cuartel.


