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Legislación › Real Decreto 2945/1983, de 9 de noviembre, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército de Tierra.

Art. 2.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1984 y la del 8 de febrero de 2009. Tachado: lo que se quitó (41 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Art. 2.
Constituido por el Cuartel General del Ejército, la Fuerza y el Apoyo a la Fuerza, el Ejército estará organizado, dotado y adiestrado de tal forma que permita su empleo en cualquier circunstancia, de acuerdo con lo establecido en la doctrina vigente. (Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
8 de febrero de 2009 En vigor BOE-A-2009-2074 Leer Qué cambió
1 de enero de 1984 Texto original Leer

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