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Legislación › Real Decreto 2945/1983, de 9 de noviembre, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército de Tierra.

Art. 251.

Art. 251.

Dispondrá la evacuación al hospital de quienes lo precisen, extendiendo el oportuno documento de baja en el que hará constar su diagnóstico, el tratamiento empleado y el carácter ordinario o urgente de la evacuación. Se mantendrá informado del estado de dichos pacientes durante su estancia en el mismo.

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