Legislación › Real Decreto 2945/1983, de 9 de noviembre, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército de Tierra.
Art. 48.
Art. 48.
El Jefe de un Agrupamiento Táctico actuará de acuerdo con la doctrina vigente; será responsable del cumplimiento de la misión asignada, de la moral y disciplina y del buen empleo de los medios puestos a su disposición; facilitará la vida de las fuerzas y respetará las dependencias orgánicas y administrativas que conserven.


