Legislación › Real Decreto 2945/1983, de 9 de noviembre, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército de Tierra.
Art. 56.
Art. 56.
Sostendrá un trato directo y continuo con sus Oficiales y Suboficiales y procurará el mejor conocimiento de su tropa, lo que le permitirá asignar a cada uno los puestos y cometidos que mejor se adapten a sus cualidades y aptitudes, dentro de lo previsto en plantillas y reglamentos.


