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Legislación › Real Decreto 2945/1983, de 9 de noviembre, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército de Tierra.

Art. 68.

Art. 68.

Conocerá a todos sus subordinados, con los que mantendrá un trato directo, prestando especial atención a sus cualidades, aptitudes y estado físico y moral. Procurará la más perfecta integración de cada uno de ellos en la Sección y de ésta en la Compañía, Escuadrón o Batería.

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