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Legislación › Real Decreto 2945/1983, de 9 de noviembre, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército de Tierra.

Art. 7.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 8 de febrero de 2009 y la del 1 de septiembre de 2011. Tachado: lo que se quitó (36 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Art. 7.
Las Unidades, Centros y Organismos se alojan en Bases, Acuartelamientos y Establecimientos. En la entrada principal de todos ellos, en lugar bien visible, figurará el lema «Todo por la Patria», que será guía constante del militar. (Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de septiembre de 2011 En vigor BOE-A-0-0 Leer Qué cambió
8 de febrero de 2009 BOE-A-2009-2074 Leer Qué cambió
1 de enero de 1984 Texto original Leer

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