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Legislación › Orden de 30 noviembre de 1983 por la que se regulan los derechos honoríficos de los funcionarios de la Seguridad Social.

Disposición transitoria.

Disposición transitoria.

Lo dispuesto en la presente Orden ministerial se entenderá sin perjuicio de los derechos adquiridos can anterioridad a su entrada en vigor, cuando todos los hechos constitutivos de los mismos se hubieran producido efectivamente.

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