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Legislación › Instrumento de ratificación de 22 de octubre de 1982 del Convenio entre España e Italia en materia de Seguridad Social y el Acuerdo Administrativo para su aplicación, hechos en Madrid el 30 de octubre de 1979.

Artículo 32.

Artículo 32.

Al pago de las prestaciones familiares en favor de los trabajadores desempleados y de los titulares de pensión o de rentas, en los casos previstos en los artículos 26 y 27 del Convenio, respectivamente, se le aplicarán, en tanto fueren compatibles, las disposiciones del artículo 31 del presente Acuerdo.

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