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Legislación › Ley 44/1983, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1984.

Artículo 50. Crecimiento de pensiones.

Artículo 50. Crecimiento de pensiones.

Para el ejercicio de 1984, el conjunto de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, en vigor en 31 de diciembre de 1983, experimentarán un incremento medio del 9 por 100.

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