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Legislación › Real Decreto 308/1983, de 25 de enero, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria de Aceites Vegetales Comestibles.

Disposición adicional única. Reconocimiento mutuo.

Disposición adicional única. Reconocimiento mutuo.

Los requisitos de la presente norma no se aplicarán al aceite refinado de girasol legalmente fabricado o comercializado de acuerdo con otras especificaciones en otros Estados miembros de la Unión Europea ni a los productos originarios de los países de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC), partes contratantes en el Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo (EEE) y de Turquía.

Se añade por el art. único.1 del Real Decreto 478/2007, de 13 de abril. BOE-A-2007-8579.

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