Legislación › Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid.
Artículo 4.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de marzo de 1983 y la del 8 de julio de 1998.
Tachado: lo que se quitó (7 palabras). Subrayado: lo que se añadió (69 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 4.
1. La bandera de la Comunidad establecerá, mediante Ley, su bandera, de Madrid es roja carmesí, con siete estrellas en blanco, de cinco puntas, colocadas cuatro y tres en el centro del lienzo.
2. El escudo e de la Comunidad de Madrid se establece por ley de la Asamblea.
3. La Comunidad de Madrid tiene himno propios. propio, siendo éste establecido por ley de la Asamblea.
4. Se declara fiesta de la Comunidad de Madrid el día 2 de mayo.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 8 de julio de 1998 En vigor | BOE-A-1998-16302 | Leer | Qué cambió |
| 1 de marzo de 1983 | Texto original | Leer |


