Legislación › Ley 16/1984, de 29 de mayo, por la que se regula la producción y el comercio del trigo y sus derivados.
Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera.
En las tres primeras campañas a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, el Gobierno establecerá las medidas financieras y presupuestarias precisas para facilitar la adaptación de los diferentes operadores comerciales e industriales, preferentemente los agricultores y sus entidades asociativas, a las nuevas condiciones de regulación del mercado.
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