Legislación › Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada.
Art. 126.
Art. 126.
Será de su responsabilidad completar la formación humana, moral, cultural y física de su dotación. Aprovechará las estancias en la base y en los diferentes puertos para organizar actos y visitas culturales o turísticas, así como competiciones deportivas que fomenten la unión entre las dotaciones.


