Legislación › Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada.
Art. 132.
Art. 132.
Velará por la correcta ejecución y desarrollo de las obras e informará a su superior de cualquier trabajo que estime defectuoso. Asimismo velará porque se cumplan las instrucciones sobre entrada de materiales y personal.


