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Legislación › Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada.

Art. 132.

Art. 132.

Velará por la correcta ejecución y desarrollo de las obras e informará a su superior de cualquier trabajo que estime defectuoso. Asimismo velará porque se cumplan las instrucciones sobre entrada de materiales y personal.

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