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Legislación › Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada.

Art. 19.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de mayo de 1984 y la del 8 de febrero de 2009. Tachado: lo que se quitó (41 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Art. 19.
Para que la Armada pueda cumplir su misión, las personas que ocupen los distintos niveles de la Jerarquía Militar estarán investidas de una determinada autoridad, en razón de su empleo, destino, cargo, servicio o comisión, y asumirán plenamente la consiguiente responsabilidad. (Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
8 de febrero de 2009 En vigor BOE-A-2009-2074 Leer Qué cambió
31 de mayo de 1984 Texto original Leer

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