Legislación › Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada.
Art. 209.
Art. 209.
Los actos y servicios de régimen interior en las Unidades, Bases, Arsenales y Centros deberán estar presididos por criterios de seguridad sencillez y eficacia. Mantendrán las tradiciones de la Armada y tenderán a reforzar los hábitos de orden y disciplina.


