Legislación › Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada.
Art. 236.
Art. 236.
La limpieza de los sollados, dormitorios, locales y zonas de cada Brigada, Compañía o destino, se hará por personal asignado a ellos.
La limpieza de los espacios de uso común se llevará a cabo diariamente por el personal designado, bajo la dirección del Oficial o Suboficial de Guardia Interior.


