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Legislación › Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada.

Art. 291.

Art. 291.

Rendirá puntual y exactamente los informes personales de los Suboficiales. Elevará al Comandante, informadas y diligenciadas, las instancias que reciba del personal de Suboficiales y de las Clases de Marinería y Tropa.

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