Legislación › Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada.
Art. 300.
Art. 300.
Será responsable de la disciplina de su personal y del buen orden en todos los espacios y compartimientos que tenga asignados, así como del arranchado a son de mar antes de la salida de puerto. Dará la novedad al Jefe del servicio diariamente en puerto y antes de cada navegación.


