LexTotal

Legislación › Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada.

Art. 401.

Art. 401.

Vigilará que el armamento y el equipo de las distintas Compañías se encuentren siempre al completo y en las debidas condiciones de seguridad y orden.

← Art 400 Índice Art 402 →