Legislación › Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada.
Art. 414.
Art. 414.
Tendrá a sus órdenes al Cabo de guardia interior y al restante personal de Tropa de servicio en la Compañía. Comprobará que conocen y cumplen sus obligaciones, recibirá de ellos cuantas novedades ocurran y tomará las medidas oportunas.


