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Legislación › Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada.

Art. 42.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de mayo de 1984 y la del 8 de febrero de 2009. Tachado: lo que se quitó (80 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Art. 42.
La estructura orgánica de la Armada descansa en la existencia de dos cadenas de autoridad perfectamente diferenciadas:
La cadena de Mandos Navales parte del Almirante Jefe del Estado Mayor de la Armada, como más alto Mando Naval, y llega hasta los Comandantes de Unidad.
La cadena de Acción Administrativa parte, asimismo, del Almirante Jefe del Estado Mayor de la Armada y, pasando por los Directores y Jefes, llega a la periferia haciendo concurrir los recursos en apoyo de la Fuerza.
(Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
8 de febrero de 2009 En vigor BOE-A-2009-2074 Leer Qué cambió
31 de mayo de 1984 Texto original Leer

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