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Legislación › Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada.

Art. 56.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de mayo de 1984 y la del 8 de febrero de 2009. Tachado: lo que se quitó (53 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Art. 56.
Al ser designado un Oficial General o Particular Comandante de una Agrupación Operativa, recibirá del Mando la directiva, instrucción u orden de operaciones, ejercicios o comisión, con su nombramiento y la misión que se le encomienda. Constituirá un Estado Mayor o Jefatura de Ordenes que, con carácter temporal, le auxiliará en sus funciones. (Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
8 de febrero de 2009 En vigor BOE-A-2009-2074 Leer Qué cambió
31 de mayo de 1984 Texto original Leer

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