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Legislación › Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada.

Art. 60.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de mayo de 1984 y la del 8 de febrero de 2009. Tachado: lo que se quitó (44 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Art. 60.
El Comandante General de la Infantería de Marina es un Oficial General de dicho Cuerpo, situado en la cadena de Mandos Navales. Ejerce el Mando Orgánico de la Infantería de Marina y está directamente subordinado al Almirante Jefe del Estado Mayor de la Armada. (Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
8 de febrero de 2009 En vigor BOE-A-2009-2074 Leer Qué cambió
31 de mayo de 1984 Texto original Leer

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