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Legislación › Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada.

Art. 73.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de mayo de 1984 y la del 8 de febrero de 2009. Tachado: lo que se quitó (54 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Art. 73.
El Almirante Jefe de Arsenal tendrá como función principal apoyar y sostener a la Fuerza. Inspeccionará y controlará las construcciones y obras atendiendo a las directivas del Almirante Jefe del Apoyo Logístico. En el orden militar y jurisdiccional dependerá del Mando de la Zona Marítima donde radique, de la que será la segunda Autoridad. (Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
8 de febrero de 2009 En vigor BOE-A-2009-2074 Leer Qué cambió
31 de mayo de 1984 Texto original Leer

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