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Legislación › Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada.

Art. 428.

Art. 428.

Dispondrá la evacuación al hospital de los enfermos que lo precisen, extendiendo la oportuna «baja». Si existe peligro de contagio propondrá al Mando la adopción de las medidas urgentes adecuadas.

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