Legislación › Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada.
Art. 611.
Art. 611.
La imposición de condecoraciones se efectuará en una ceremonia especialmente organizada a dicho fin o durante la celebración de otro acto solemne.
Cuando se trate de la Cruz Laureada de San Fernando, Medalla Militar y Medallas del Ejército, Naval o Aérea, concedidas con carácter individual o colectivo, se hará en una solemne ceremonia especialmente organizada para este fin.


