Legislación › Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada.
Art. 640.
Art. 640.
La Insignia o Distintivo que deba izar el bote cuando lleve una Autoridad con derecho a ello, la desplegará el proel en el momento de desatracar del buque o muelle y se recogerá a la voz de «proa» cuando vayan a atracar de nuevo.


