LexTotal

Legislación › Ley 22/1983, de 21 de noviembre, de protección del Ambiente Atmosférico.

Artículo 19.

Artículo 19.

La determinación de las medidas correctoras que se hayan de imponer a cualquiera de los focos emisores es, en todos los casos, de exclusiva competencia de la Administración, sin perjuicio de que sea objeto de revisión ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

← Artículo 18 Índice Artículo 20 →