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Legislación › Real Decreto 3255/1983, de 21 de diciembre por el que se aprueba el Estatuto del Minero.

Artículo 26.

Artículo 26.

Los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales ocurridas en una explotación minera determinarán la inmediata investigación de sus causas, así como el estudio y valoración de las medidas de prevención existentes, para proceder, en su caso, a su revisión o modificación.

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