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Legislación › Ley 23/1983, de 21 de noviembre, de Política Territorial.

Artículo 22.

Artículo 22.

Si no hubiere ninguna entidad local con competencia sobre toda la zona afectada para llevar a cabo los planes territoriales parciales se promoverá, en su caso, la constitución de una mancomunidad o una agrupación de municipios o de comarcas.

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