Legislación › Ley 23/1983, de 21 de noviembre, de Política Territorial.
Disposición final segunda.
Disposición final segunda.
En el ámbito de las competencias de la Generalidad, quedan sin efecto las disposiciones que se opongan a lo que establece la presente Ley. Antes de seis meses el Consejo Ejecutivo ha de publicar un decreto en el que se precise el alcance de esta disposición.


